Se recuerda que el día 30/09/2020 vence el término para la presentación en papel de toda la documentación que fuera remitida electrónicamente a fin de la inscripción condicional año 2020 de empresas Elaboradoras, Formuladoras, Fraccionadoras, Distribuidoras, Expendedores y Aplicadoras terrestres y aéreas de productos fitosanitarios.
Dicha documentación deberá remitirse sin excepción, a fin de proceder a la habilitación definitiva, al Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Santa Fe, Subdirección Gral. de Agricultura y Sanidad Vegetal, sito en Bv. Pellegrini N° 3100, CP 3000, ciudad de Santa Fe, en original y con las certificaciones respectivas, conforme lo normado mediante Resolución N° 095/2020.
Asimismo, para las empresas aplicadoras se aclara que del Protocolo de Habilitación de equipos de aplicación solamente deberán acompañarse las páginas correspondientes a Sanidad Vegetal, conservando las copias correspondientes al profesional habilitador y el titular del equipo.
Subdirección General de Agricultura y Sanidad Vegetal Ministerio de Producción, Ciencia y tecnología Provincia de Santa Fe

